Una de las retribuciones laborales extendidas en los últimos años consiste en el pago del seguro médico a los empleados. La ventaja de esa forma de retribuir consiste en la exención del seguro médico en IRPF de la renta en especie que supone.
Pero cuidado, no todo puede optar a la exención del seguro médico. Desde la Agencia Tributaria aplica estos requisitos:
• Que sea ofrecido a todos los empleados.
• No supere los 500€ anuales por cada miembro de la familia (o bien los 1.500€ si se trata de una persona con discapacidad). El exceso no estará exento y constituirá retribución en especie.
• El tomador del seguro médico y, por tanto, el obligado al pago de la prima, debe ser la sociedad y no el empleado.
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